Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles en Alicante debemos insistir una vez más en hacer un llamamiento a los responsables políticos para que, realicen las modificaciones pertinentes en el Código Penal con un aumento de las penas en las agresiones sufridas por los agentes en sus intervenciones, el principio de autoridad se está menoscabando diariamente en diversas actuaciones y debe ser reforzado, asimismo es preciso y urgente que los miembros de la Guardia Civil y Policía Nacional sean considerados de una vez por todas como «profesión de riesgo» como ya lo son las policías autonómicas, algo que se antoja incomprensible cómo ambos cuerpos realizando idénticas funciones, unos ya están catalogados dentro de las profesiones del grupo de riesgo y otros no. En los últimos días hemos conocido varias sentencias condenatorias para distintos acusados que durante el transcurso de su detención por diferentes hechos, provocaron lesiones de distinta consideración para algunos de los agentes intervinientes, mostrando así una total falta de consideración y menoscabo del principio de la autoridad. El primero de los hechos se remonta a noviembre de 2020 cuando una patrulla de la Guardia Civil procedió a la identificación de un individuo en una vía pública del partido judicial de Alcoy (Alicante), a causa de un altercado anterior, y en la que dicha persona, lejos de cumplir con el requerimiento de los agentes, acometió contra ellos, golpeándolos lanzando patadas y puñetazos con el propósito de menoscabar su integridad física hasta que se pudo proceder a su detención. Como consecuencia de los hechos ambos agentes resultaron lesionados, así como el vehículo policial resultó con desperfectos ocasionados al lanzar patadas en el momento que era introducido en el mismo. Por éstos hechos la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal número ocho de Alicante condenó al autor de los mismos por un delito de resistencia y dos delitos leves de lesiones a las penas de seis y un mes de multa con cuota diaria de tres euros, así como a indemnizar a los agentes con 560 y 700 euros en concepto de indemnización por las lesiones sufridas y 346,57 euros por los daños ocasionados al vehículo policial, así como a las costas procesales. El segundo y más reciente de los hechos tuvo lugar el pasado día 31 de mayo de 2024, en la Finca Langostina de Orihuela Costa (Alicante), donde la Guardia Civil fue requerida como en anteriores ocasiones ya que, una familia compuesta por la madre y sus dos hijas de origen austriaco que mantienen desde hace tiempo un conflicto con una mercantil relativo a la finca y que existiendo auto judicial del Juzgado de Instancia número cuatro de Orihuela en la que se acordó la entrega de la mencionada finca a la mercantil Lideralis Empresarial en desarrollo SL e Inversiones Silarcusa Si, se encontraban increpando e impidiendo la descarga de material de un camión, grabando y vociferando, y que tras la llegada de los agentes, éstas comenzaron a gritar, increpar e insultar a los guardias civiles que, tras indicar en repetidas ocasiones que abandonaran el lugar y se identificaran, éstas continuaron en actitud de gran excitación, desafiantes y sin atender los requerimientos de los agentes, por lo que en el momento que procedían a su detención se resistieron fuertemente cayendo al suelo y causando distintas lesiones a los guardias civiles actuantes. Por éstos hechos, cada una de las acusadas han sido condenadas por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal número tres de Orihuela (Alicante) a las penas de ocho meses de multa con cuota diaria de seis euros por delito de resistencia y a dos meses de multa con cuota diaria de seis euros por cada uno de los cuatro delitos leves de lesiones, así como al pago de las costas procesales. Además deberán indemnizar a los agentes con cantidades que ascienden a 1800 euros por las lesiones sufridas. Por último y por lo mediático de los hechos, hay que referirse a la reciente sentencia del Magistrado Juez de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante, en la que habiendo conformidad entre las partes y reconocidos los hechos por los acusados con el fin de evitar el ingreso en prisión, queda probado que el 18 de octubre de 2020 durante la disputa de un partido de fútbol en la localidad de Pego entre los equipos Pego CF y CF Gandia, una multitud de personas formando un grupo aproximadamente de un centenar, entre los que se encontraban los acusados, se reunieron en dicho lugar debido a la presencia en el interior del estadio de un grupo de veintidós aficionados del Gandia CF simpatizantes al parecer de ultraderecha, ideología contraria a los acusados, comenzando a proclamar gritos y amenazas contra éstos debiendo tomar la decisión los directivos del Pego CF de cerrar las puertas del Estadio en evitación de posibles altercados. Una vez finalizado el encuentro, los acusados y otros integrantes del grupo allí congregado se colocaron en actitud violenta en las dos salidas del Estadio impidiendo la salida de los jugadores, miembros de los equipos así como de los aficionados, por lo que tuvo que personarse en el lugar miembros de Policía Local y de la Guardia Civil de dicha localidad. Que tras entrevistarse con los acusados para intentar mediar, éstos continuaron insultando y amenazando de muerte a los aficionados del CF Gandia por lo que se vieron obligados a refugiarse en el interior del estadio ante el aumento de la sensación de inseguridad, dando aviso a la Unidad de Seguridad Ciudadana (USECIC) para que acudieran en su auxilio y poder desalojar con seguridad el Estadio. A la llegada de los miembros de la USECIC, fueron recibidos con insultos y amenazas así como con lanzamiento de diversos objetos como piedras, adoquines y tapas de alcantarilla, colocando barricadas mediante contenedores en las puertas del Estadio con el fin de bloquear las mismas e impedir que tanto los agentes como el resto de personas allí presentes se refugiaran en el interior del campo de fútbol hasta que se calmara la situación. Como consecuencia de la actuación seis guardias civiles resultaron con lesiones de diversa consideración, así como los acusados ocasionaron desperfectos en el material policial, y por ello el Magistrado Juez ha impuesto ahora un conjunto de penas por delitos de desórdenes públicos a penas de seis meses y un día de prisión, delito de atentado con pena de prisión de tres meses y un día, delitos menos grave de lesiones y leves de lesiones a penas de prisión de un mes y dieciséis días sustituidas por localización permanente y a multa de un mes con cuota diaria de tres euros respectivamente así como a multa de un mes con cuota diaria de tres euros por delito de falta de respeto y consideración, además deberán indemnizar a la Guardia Civil por los desperfectos causados en el material policial así como a los agentes en la cantidad de 6253,82 euros en total por las lesiones sufridas y al pago de las costas. En todos estos procedimientos los guardias civiles lesionados afiliados a AUGC, fueron asistidos por los servicios jurídicos de esta Asociación, siendo representados por el letrado Alberto Manuel Mollá Díez para ejercer la acusación particular contra los acusados que, han sido ahora condenados además de las penas, a indemnizar a los agentes en las cantidades correspondientes por las lesiones sufridas. Desde la AUGC de Alicante, nos vemos obligados a volver a solicitar al Ministro de Interior y al resto de los responsables políticos que los guardias civiles deben ser considerados, al igual que las policías autonómicas, como «profesionales de riesgo» y que deben realizar las modificaciones pertinentes en el Código Penal para que en este tipo de delitos se produzca un endurecimiento de las penas reforzando así el «principio de autoridad», así como volvemos a insistir en solicitar a las autoridades judiciales que sigan aplicando el máximo rigor penal y sancionador posible en este tipo de hechos.
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