AUGC denuncia los incumplimientos de lo regulado en la Ley 2/2023, así como la anacrónica aplicación a los guardias civiles del Código Penal Militar

Ayer, 28 de agosto, tuvo lugar el acto de revelación pública realizado por la brigada María Serrano, acompañada de su abogado Jesús Díaz, al amparo de lo regulado por la Ley 2/2023 de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, acto el cual se pudo seguir a través de diferentes medios digitales. Previo al inicio del acto de revelación pública, desde AUGC se expuso la falta de creación del preceptivo sistema interno en la Guardia Civil de información y denuncia para la lucha contra la corrupción, y de la protección ante posibles represalias que se debe prestar a las personas que informen de corrupción. Además, si como parece preverse, el órgano que se encargaría dentro de la Guardia Civil estaría compuesto exclusivamente por mandos de la Dirección General, sin la participación de las asociaciones profesionales representativas (quienes ostentan la legítima representación de los y las guardias civiles), todo esto apunta una más que previsible falta de confianza para los y las posibles denunciantes. A esto se le une, que a día de la fecha aún no se ha creado la Autoridad Independiente de Protección del Informante que debe velar por el cumplimiento de todo lo que dispone la citada Ley 2/2023, especialmente tanto de la prohibición de cualquier represalia frente a los informantes, así como de la obligación de las Administraciones de disponer de un sistema interno de información. En relación a las represalias que vienen sufriendo los informantes, desde AUGC se ha puesto el foco en el anacronismo que supone la actual aplicación del Código Penal Militar a los y las guardias civiles en intervenciones de carácter policial (como sin ir más lejos, resultan ser las investigaciones para destapar supuestos casos de corrupción), con el amparo de la aplicación del mismo a tenor de los «delitos contra la disciplina», la cual se incluyó en la Ley Orgánica 14/2015, del Código Penal Militar. Esta aplicación, lejos de aportar algún tipo de valor, supone un deterioro organizativo, institucional, motivacional y en la esfera de derechos de todos y cada uno de los guardias civiles. Desde AUGC abogamos por revertir esta anacrónica situación que desde 2015 ha supuesto una involución de derechos para los y las guardias civiles, y que el mismo fuese de aplicación a los miembros de la Guardia Civil únicamente en los supuestos ya previstos en el anterior Código Penal Militar: en tiempo de conflicto armado, en estado de sitio, en misiones de carácter militar o integrados en unidades de las Fuerzas Armadas.

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