La Asociación Unificada de Guardias Civiles, mayoritaria en el Cuerpo, aglutinando a 26.000 guardias civiles en todo el territorio nacional y el 50 por ciento de la plantilla de la Guardia Civil en la Región de Murcia denunciamos la aplicación abusiva del Código Penal Militar a los guardias civiles por simples infracciones. El Fiscal Militar solicita un año de prisión militar por supuesto delito de desobediencia Periódicamente en AUGC tenemos que lamentar la aplicación arbitraria del Código Penal Militar a un Guardia Civil. En este ocasión, la víctima de esta práctica abusiva es un afiliado anteriormente destinado en Murcia y actualmente en Almería. Nuestro compañero será juzgado el próximo 24 de junio en el Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid como autor de un presunto delito militar de desobediencia y podría ser condenado a un año de cárcel en una prisión militar a causa de simple malentendido laboral con un teniente ocurrido en 2019. El afiliado prestaba servicio de recogida de denuncias en horario nocturno en el Cuartel de Cartagena y un oficial le comentó que debía dejar el trabajo encomendado para convertirse en su conductor e ir a «vigilar» al resto de compañeros que también trabajaban. En dicho momento el guardia civil sin negarse a cumplir la orden, objetó que tenía mucho trabajo de instrucción de diligencias, optando el oficial por ser acompañado por otro guardia civil del citado cuartel. Nada menos que un año de su vida entre rejas por un desacuerdo dentro del ámbito de las funciones estrictamente profesionales, sin mediar siquiera incidente verbal alguno, que fue creciendo como bola de nieve. Inicialmente no se consideró grave el hecho, ya que el teniente denunció una falta leve al Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, pero sus superiores elevaron su calificación primero a falta grave, después muy grave y finamente delito militar de desobediencia. El compañero, con más de 30 años de servicio y sin ninguna sanción disciplinaria ni penal, ha sido objeto de una humillación durante 5 años con la instrucción de un sumario militar, en el cual el Fiscal Militar ha solicitado una condena de un año de prisión por un supuesto delito militar de desobediencia que en su caso cumpliría ingresando en la Prisión Militar de Alcalá-Meco. Obsolescencia del Código Penal Militar y arbitraria aplicación a los guardias civiles en cometidos de seguridad ciudadana AUGC lleva años trabajando para que el Código Penal Militar no sea de aplicación a los guardias civiles en el ejercicio de sus funciones policiales, recordemos que la Guardia Civil es un cuerpo policial, y nuestras misiones suponen prácticamente el 99% de nuestro trabajo. Hay que recordar que el Código Penal Militar dejó de aplicarse a los guardias en 2007. Sin embargo, la reforma de 2016 supuso nuevamente la aplicación completa de este a los guardias civiles, un enorme paso atrás en los derechos de los guardias civiles y en el avance del Cuerpo hacia su modernización. Hasta el año 2016, únicamente se le podía aplicar el Código Penal Militar a los trabajadores del Cuerpo en situaciones de estado de sitio, durante conflicto armado, en misiones militares en el extranjero o mientras se encuentren integrados en unidades de las Fuerzas Armadas. No se trata de «desmilitarizar la Guardia Civil» como indican los detractores de este Cuerpo, sino de aplicar el Código Penal Militar a los guardias civiles solo en misiones militares y no en las misiones de seguridad ciudadana. Otra práctica abusiva es la desproporción de los hechos denunciados, de modo que es muy habitual que se califiquen como posible delito militar situaciones del servicio que no pasan de ser infracciones al Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, elevando artificialmente el castigo y desde luego la agonía que sufren los enjuiciados. Campaña institucional para aplicar el Código Penal Militar solo en misiones militares Desde 2016 AUGC ha mantenido entre sus objetivos revertir esta situación y regresar al Código Penal Militar que se aplicaba a los Guardias Civiles únicamente en el cumplimiento de las misiones militares encomendadas y reguladas en el Real Decreto Real Decreto 1438/2010, de 5 de noviembre, sobre misiones de carácter militar que pueden encomendarse a la Guardia Civil. En 2025 se nos ha abierto una ventana de oportunidad puesto que SUMAR ha presentado Proposición de Ley sobre modificación de la Ley Orgánica 14/2025, de 14 de octubre, del Código Penal Militar (Orgánica). Lógicamente al tratarse de una Ley Orgánica obliga a obtener una mayoría absoluta en el Congreso de Los Diputados. Hay que especificar que las infracciones disciplinarias se continuarían juzgando por el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, los delitos ordinarios por el Código Penal y los delitos cometidos en el ámbito militar o misiones militares exclusivamente por el Código Penal Militar, es decir, ninguna conducta irregular quedaría sin ser juzgada. Por ello AUGC ha realizado una CAMPAÑA INSTITUCIONAL con casi todos los grupos parlamentarios en el Congreso y con los Diputados de todo el territorio nacional, para explicar la injusticia de la aplicación del Código Penal Militar a los Guardias Civiles en misiones no militares y la oportunidad de revertir esta situación de un modo definitivo. Prácticamente todos los partidos políticos han acogido esta iniciativa como razonable y justa y esperamos su voto favorable en el Congreso de los Diputados Por último, reiterar que AUGC apoyara tanto a nuestro compañero como a su familia, que ven como su carrera profesional y su vida familiar se han truncado con la abusiva calificación de un desencuentro laboral que podría llevarlo a cumplir un año de prisión que desde luego no cumplen otros delincuentes por delitos muchos más graves. Aplicación Código Penal Militar Guardias Civiles.
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